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Tus trámites en manos expertas

Existen distintos tipos de certificaciones que te solicitarán las autoridades de gobierno para que puedas importar y comercializar tus productos en México. Nosotros te decimos cuál o cuáles son las que aplican para tus equipos, ya sea que los fabriques, distribuyas, comercialices o los importes. A través de un análisis especializado, te ayudamos a cumplir con la normatividad.

De acuerdo con la Ley de Infraestructura de la Calidad vigente, las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) son las regulaciones técnicas de observancia obligatoria expedidas por las autoridades competentes, cuyo fin esencial es el fomento de la calidad, mediante el establecimiento de reglas, denominación, especificaciones o características aplicables a un bien, producto, proceso o servicio, así como aquellas relativas a terminología, marcado o etiquetado y de información comercial.

Te brindamos la asesoría, consultoría y gestoría de los trámites necesarios para certificados NOM, homologación de equipos ante la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), disposiciones técnicas (DT) y pruebas de laboratorio requeridas para la Evaluación de la Conformidad para productos de las áreas de seguridad eléctrica, electrónica, telecomunicaciones y eficiencia energética.

Te ofrecemos atención personalizada y soluciones diseñadas para cada proyecto, asegurando procesos ágiles y eficientes para que tus productos accedan al mercado mexicano con respaldo legal y técnico.

ASESORÍA Y GESTIÓN EN:

CERTIFICACIÓN DE PRODUCTOS

Ayudamos a gestionar el cumplimiento de tu producto con Normas Oficiales Mexicanas (NOM), Estándares NMX y Disposiciones Técnicas (DT).

La certificación de productos bajo la NOM es un proceso obligatorio en México que garantiza que tus productos cumplen con los requisitos de seguridad, calidad, eficiencia energética, e información comercial establecidos por el gobierno mexicano.

¿Por qué es importante?
  • • Protege al consumidor al garantizar que los productos sean seguros y confiables.
  • • Facilita el comercio legal en territorio mexicano.
  • • Evita sanciones, multas o retiro del producto del mercado por falta de certificación.

DICTAMINACIÓN DE EQUIPO ALTAMENTE ESPECIALIZADO (EAE)

Gestionamos el dictamen EAE para equipos de procesamiento de datos y de infraestructura de redes.

El dictamen de EAE puede aplicar a Equipos profesionales tales como: Equipos profesionales de procesamiento de datos (modulares, multiproceso o usados) para la comunicación de otros equipos como estaciones de trabajo, superservidores, sistemas de operación ininterrumpida o supercomputadoras. Esto, de acuerdo con las especificaciones técnicas de la NOM-019-SCFI-1998.

El dictamen tiene validez para la importación de productos, hasta un máximo de 25 unidades por pedimento, sin límite de importaciones y con vigencia indefinida.

1.2 Quedan excluidos del ámbito de aplicación de esta Norma, el equipo altamente especializado que no está indicado en el inciso 1.1 (de la NOM-019-SCFI-1998) y que no sea objeto de comercialización directa con el público en general sino a usuarios empresariales o instituciones que instalen, operen y actualicen dichos equipos directamente o en corresponsabilidad con la empresa proveedora, así como:

1.- Equipos que cuenten con arquitectura multiproceso, independientemente del tipo y número de procesadores que utilicen.

2.- Los periféricos asociados a las máquinas indicadas en el inciso 1.2 tales como: impresoras, graficadores, unidades de disco externas, unidades de cinta externas, tabletas digitalizadoras, digitalizadoras de imagen (scanners), lectores ópticos, monitores, terminales o unidades de control o adaptación.

3.- Equipos utilizados para la comunicación electrónica entre equipos de procesamiento de datos y equipos periféricos, redes de área local (LAN), etc., tales como concentradores, convertidores de protocolo o ruteadores, que cumplan con dos de las siguientes características:

  • • Que tengan un BUS de datos mayor o igual a 100 MBs;
  • • Que tengan estructura modular diseñada para modificar sus características respecto al manejo de diferentes tecnologías;
  • • Que sean programables y que puedan manejar varios protocolos de comunicación y/o permitan el monitoreo de la red de área local.

HOMOLOGACIÓN

Gestionamos la homologación de equipos ante la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) antes IFT.

La homologación de productos es el proceso mediante el cual se verifica que un equipo, dispositivo o aparato destinado a telecomunicaciones o radiodifusión cumple con las normas técnicas y regulatorias mexicanas antes de poder comercializarse o usarse legalmente en el país.

¿Qué implica el proceso de homologación?
  • • Evaluación técnica en pruebas de laboratorio acreditado para verificar que cumple con las disposiciones técnicas de la CRT.
  • • Expedición de certificado de homologación si cumple con los requisitos.
  • • Registro del producto en la base de datos de productos homologados de la CRT, lo que permite su importación, comercialización y uso en México.

PRUEBAS DE LABORATORIO

Realizamos las pruebas requeridas para obtener la certificación NOM a través de nuestra filial Isatel Laboratorios, en las áreas de seguridad eléctrica, electrónica, eficiencia energética, telecomunicaciones y pruebas o protocolos específicos.

Las pruebas de laboratorio NOM son evaluaciones técnicas realizadas en laboratorios acreditados para verificar que un producto cumple con los requisitos establecidos en la Norma Oficial Mexicana (NOM). Estas pruebas son obligatorias para obtener la certificación NOM, lo que permite la comercialización legal de productos en México.

¿Qué se evalúa en las pruebas de laboratorio?
Depende del tipo de producto y la NOM aplicable, pero en general se analizan aspectos como:
  • • Seguridad eléctrica (en electrónicos y electrodomésticos)
  • • Eficiencia energética (en refrigeradores o lámparas LED)
  • • Resistencia física (en juguetes o materiales de construcción)
  • • Telecomunicaciones (seguridad en la interconexión de redes de telecomunicaciones)
Contamos con un Laboratorio de pruebas acreditado y aprobado por las leyes nacionales y/o la autorización de:
  • • Entidad Mexicana de Acreditación (ema)
  • • Dirección General de Norma (DGN)
  • • Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (antes IFT)
  • • Comisión Nacional para el Uso Eficiente de Energía (CONUEE)

ETIQUETADO EN NOM DE INFORMACIÓN COMERCIAL

Gestionamos el dictamen o constancia de información comercial con las Unidades de Inspección Nacionales.

El etiquetado de información comercial en las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) es un conjunto de requisitos que deben cumplir los productos para informar de manera clara, veraz y suficiente al consumidor sobre sus características, contenido, origen y uso. Este etiquetado es obligatorio para muchos productos comercializados en México, especialmente los pre envasados.

¿Qué busca el etiquetado NOM?
  • • Proteger al consumidor: Evitar engaños o confusiones.
  • • Garantizar transparencia: Informar sobre ingredientes, cantidades, advertencias, etc.
  • • Facilitar decisiones de compra: Brindar datos útiles como contenido neto, país de origen, y fecha de caducidad.

PROTOCOLOS O PRUEBAS PARTICULARES DE EMPRESA EN TELECOMUNICACIONES O SEGURIDAD ELÉCTRICA

Realizamos pruebas específicas para el cumplimiento con un protocolo o especificaciones de un producto.

Cuando se trata de pruebas que no están contempladas en las Normas Oficiales Mexicanas (NOM), entramos en el terreno de pruebas voluntarias, internacionales, o complementarias, que pueden ser requeridas por otras autoridades, clientes, o estándares privados.

¿Qué son pruebas fuera de NOM?
Son evaluaciones técnicas que no están reguladas directamente por una NOM, pero que pueden ser necesarias para:
• Cumplir con normas internacionales (como IEC, ISO, UL, FCC)
• Atender requisitos de clientes o distribuidores
• Prepararse para exportación a otros países
• Validar desempeño, durabilidad o innovación tecnológica
• Cumplir con regulaciones sectoriales (como COFEPRIS, CRT, SEMARNAT)

LEY DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA

Contribuimos al cuidado del medio ambiente mediante el cumplimiento de leyes de consumo de energía en productos eléctricos y electrónicos establecidas por autoridades nacionales.

El Catálogo de Equipos y Aparatos publicado por la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía (CONUEE) establece que deben incluir información sobre consumo energético los siguientes actores:

¿Quiénes están obligados?
- Fabricantes: Incluir etiquetas de consumo energético en productos que figuran en el catálogo.
- Importadores: Asegurar que los productos importados cumplan con etiquetado energético.
- Distribuidores y comercializadores: No pueden vender productos sin la información energética requerida.
Esto aplica a productos cuyo consumo energético y volumen de comercialización son significativos, tales como: Refrigeradores, aires acondicionados, lámparas, motores eléctricos, entre otros.

Fundamento legal
- Artículo 103 de la Ley de Transición Energética: La CONUEE debe publicar un catálogo de productos que deben incluir información clara y visible sobre su consumo energético.
- Reglamento de la Ley de Transición Energética, Art. 31 y 32: El catálogo se actualiza cada dos años y se publica en el sitio oficial de la CONUEE.
- Excepciones: Los productos que ya están regulados por una NOM de eficiencia energética vigente y cuentan con certificado correspondiente no necesitan duplicar esta información.

SERVICIOS COMPLEMENTARIOS

Ayudamos en la importación de muestras para el cumplimiento de NOM y trámites complementarios de ampliación de modelos o dictámenes técnicos de no aplicación de NOM. Consulta nuestra lista.

- Cartas de Aduana: Una carta de aduana permite que podamos importar de una hasta tres muestras para demostrar el cumplimiento de una NOM.
Se solicita la carta de aduana con el Organismo Certificador (OC) y con ella, el agente aduanal realiza la importación de muestras para su envío a pruebas de laboratorio y obtención del certificado NOM.
- Dictámenes Técnicos: Establecen si el producto está o no dentro del campo de aplicación de una o varias NOM.
El DT es válido para efectos de importación con el agente aduanal.
- Ampliación de modelos: Realizamos el análisis de especificaciones técnicas para la ampliación de modelos a un certificado existente, reduciendo tiempos, pruebas y costos de importación.
- Ampliación de país de origen o procedencia: Ayudamos en la gestión si se requiere ampliar o reducir países de origen o procedencia al certificado o dictamen.
- Ampliación o modificación de Fracción Arancelaria: En caso de requerir modificar o adicionar FA a su certificado, ayudamos en la gestión.
- Correcciones de certificado o dictamen: En caso de requerir alguna modificación a su certificado en el domicilio, razón social, producto etc., ayudamos en el análisis previo y gestión con el Organismo Certificador (OC).

CONTACTO

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La Morena 804, Piso 12, Col. Narvarte Poniente
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